º Facultase al Comando del Ejercito, para expedir salvoconductos que amparen el porte de armas de fuego, en los Municipios de que trata el artículo 1º del presente Decreto, a quienes así lo soliciten, previo estudio de los antecedentes y necesidades, siempre y cuando en concepto de dicho Comando se haga imprescindible.
Decreto 2045 de 1987 →Vigente
Artículo 2
º Facultase Al Comando Del Ejercito, Para Expedir Salvoconductos Que Amparen El Porte De Armas De Fuego, En Los Municipios De Que Trata El Artículo 1º Del Presente Decreto, A Quienes Así Lo Soliciten, Previo Estudio De Los Antecedentes Y Necesidades, Siempre Y Cuando En Concepto De Dicho Comando Se Haga Imprescindible
Decreto 2045 de 1987 · por el cual se dictan medidas conducentes al restablecimiento del orden público.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.