Modificación o aclaración del nombramiento. La autoridad nominadora podrá modificar, aclarar o corregir un nombramiento cuando
Se ha cometido error en la persona.
Aún no se ha comunicado la designación.
Haya error en la denominación, ubicación o clasificación del cargo o recaiga en empleos inexistentes.
Se requiera corregir errores formales, de digitación o aritméticos.