Auxiliase a la ciudad de Riohacha con la cantidad de ocho mil pesos ($8.000), con destino a la construcción de un acueducto público, que provea de agua potable a la población. Este auxilio cubrirá tan luego como hayan sido presentados al Ministerio de Obras Públicas y aprobados por éste los planos y presupuestos de la obra, y aprobados por el Municipio la partida necesaria para completar el valor de ella.
Ley 64 de 1919 →Vigente
Artículo 9
Ley 64 de 1919 · por la cual se ordena la construcción de una Estación Sanitaria y se votan varios auxilios
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.