Art. 15. Se establecerán fábricas de fósforos en los lugares de la República que á juicio del Gobierno puedan servir de centros de producción y venta del artículo para las diferentes regiones del territorio nacional, sin perjuicio de la importación que puede hacerse temporalmente de los fósforos para proveer al consumo mientras se fundan aquéllas.
Decreto 41 de 1905 →Vigente
Artículo 15
Decreto 41 de 1905 · Por el cual se hacen varias promociones en el Ramo de Guerra
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.