ARTICULO 2º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 2924 de 1994.
Decreto 2917 de 1997 →Vigente
Artículo 2
El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Modifica En Lo Pertinente El Decreto 2924 De 1994
Decreto 2917 de 1997 · por el cual se aprueba el Acuerdo número 030 del 23 de octubre de 1997, emanado de la Junta Directiva del Centro Dermatológico "Federico Lleras Acosta", Empresa Social del Estado.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.