Micelio

Artículo 1

Modifíquese El Artículo 1° Del Decreto Número 2474 De 1999, El Cual Quedará Así: Artículo 1°

Decreto 2728 de 2012 · por el cual se modifica el artículo 1° del Decreto número 2474 de 1999

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Modifíquese el artículo 1° del Decreto número 2474 de 1999, el cual quedará así: Artículo 1°. La Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico, estará integrada de la siguiente manera

a)

El Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio, quien la presidirá;

b)

El Ministro de Salud y Protección Social;

c)

El Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible;

d)

El Director del Departamento Nacional de Planeación;

e)

Cuatro (4) expertos de dedicación exclusiva nombrados por el Presidente de la República para períodos fijos de cuatro (4) años, no sometidos a las reglas de carrera administrativa. El Superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios o su delegado, quien asistirá a las reuniones con voz pero sin voto. El Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio, solo podrá delegar en el Viceministro de Agua y Saneamiento Básico.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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