Micelio

Artículo 2

La Prórroga De Los Empleos De La Planta Temporal, Deberán Dirigirse Al Cumplimiento De Las Funciones Que Dieron Lugar A La Creación De Los Mismos, De Conformidad Con Lo Señalado En La Ley 909 De 2004 Y El Decreto 1083 De 2015 O Demás Disposiciones Que Las Modifiquen, Adicionen O Sustituyan Y Se Sujetarán A La Escala Salarial De Los Empleos De La Rama Ejecutiva Del Orden Nacional

Decreto 2450 de 2018 · por el cual se prorroga la vigencia de la planta temporal creada mediante el Decreto 989 de 2018 en la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. La prórroga de los empleos de la Planta Temporal, deberán dirigirse al cumplimiento de las funciones que dieron lugar a la creación de los mismos, de conformidad con lo señalado en la Ley 909 de 2004 y el Decreto 1083 de 2015 o demás disposiciones que las modifiquen, adicionen o sustituyan y se sujetarán a la escala salarial de los empleos de la Rama Ejecutiva del orden nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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