Micelio

Artículo 9

El Ministerio De Desarrollo Económico En Ejecución De Lo Previsto En El Artículo 3º Del Presente Decreto, Podrá Exigir Que Las Empresas Reconocidas Como Ensambladoras Celebren Contratos De Exportación Con El Incomex, En Los Cuales Se Establecerán Mecanismos De Compensación A Las Importaciones De Material Que Se Efectúen Para El Ensamble De Los Productos Incorporados Al Régimen De Ensamble Sean Éstas Realizadas Directamente O Por Terceros

Decreto 308 de 1985 · Por el cual se dictan disposiciones reglamentarias de la Industria de Ensamble

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El Ministerio de Desarrollo Económico en ejecución de lo previsto en el artículo 3º del presente Decreto, podrá exigir que las empresas reconocidas como ensambladoras celebren contratos de exportación con el Incomex, en los cuales se establecerán mecanismos de compensación a las importaciones de material que se efectúen para el ensamble de los productos incorporados al régimen de ensamble sean éstas realizadas directamente o por terceros.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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