Micelio

Artículo 57

Decreto 1403 de 1994 · por el cual se aprueba el Acuerdo No. 62 del 29 de junio de 1994 del Consejo Directivo del Instituto de Seguros Sociales que adopta la estructura interna y establecen las funciones de sus dependencias

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

- La Gerencia Nacional de Recursos Humanos cumplirá las siguientes funciones

a)

Definir políticas, normatizar y coordinar planes y programas sobre gestión y desarrollo de recursos humanos.

b)

Evaluar el cumplimiento y efectividad de los procedimientos establecidos para el manejo de los recursos humanos en el ISS.

c)

Efectuar análisis de condiciones de mercado, indicadores de gestión y proyectar las necesidades de personal (Planeación de personal).

d)

Integrar los planes y programas de las áreas de recursos humanos para adecuarlas con las políticas, objetivos y metas del ISS.

e)

Promover la revisión y actualización de sistemas salariales.

f)

Definir las políticas de manejo de las relaciones laborales y negociación colectiva de trabajo.

g)

Analizar el impacto de las disposiciones laborales en la administración de los recursos humanos y en la nómina.

h)

Definir y actualizar el sistema de control de gestión de recursos humanos.

i)

Dirigir la elaboración y aplicación de manuales y formatos del área de recursos humanos.

j)

Asesorar y evaluar a las áreas de recursos humanos de los demás niveles.

k)

Participar en la definición de los costos y presupuesto del área.

l)

Revisar y analizar la ejecución presupuestal del área de recursos humanos.

m)

Coordinar las relaciones colectivas de trabajo con las organizaciones sindicales y gremiales.

n)

Organizar, ejecutar, controlar y vigilar todo el proceso de contratación administrativa del Instituto.

o)

Las demás que se le asignen.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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