Apruébase la reforma de los artículos 30, 48 y 52 de los Estatutos Sociales de la Fiduciaria La Previsora S.A, autorizada en la Asamblea General de Accionistas de la Fiduciaria La Previsora S.A., contenida en las Actas números 4 y 5 del 30 de marzo y 9 de junio de 1995 respectivamente, cuyo texto es el siguiente: "Suprimir en el artículo 30 de los estatutos sociales, contentivo de las funciones de la Asamblea General de Accionistas, el literal l)". "Adicionar el literal ñ) al artículo 48 de los estatutos sociales regulatorio de las funciones de la Junta Directiva de la sociedad el cual quedará así: ñ) Aprobar el presupuesto que le presente el Presidente de la sociedad así como las modificaciones a que haya lugar'". "Artículo 52 Vicepresidentes. La sociedad tendrá los Vicepresidentes que determine la junta directiva a la que corresponderá igualmente determinar su remuneración y funciones generales. Corresponde al Presidente definir las funciones específicas de las distintas Vicepresidencias, nombrar, previa aprobación de la Junta Directiva a las personas que hayan de ocuparlas, removerlas libremente y decidir sobre sus renuncias".
Decreto 1546 de 1995 →Vigente
Artículo 1
Decreto 1546 de 1995 · por el cual se aprueba la reforma de los artículos 30, 48 y 52 de los Estatutos Sociales de la Fiduciaria La Previsora S.A.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.