ARTICULO 15
Composición de la Junta Ejecutiva.
La Junta Ejecutiva se compondrá de ocho Miembros exportadores y ocho Miembros importadores, elegidos para cada año cafetero, de conformidad con las disposiciones del artículo 16. Los Miembros podrán ser reelegidos.
Cada Miembro de la Junta designará un representante y uno o más suplentes.
El Presidente de la Junta será nombrado por el Consejo para cada año cafetero y podrá ser reelegido. El Presidente no tendrá derecho a voto. Si un representante es nombrado Presidente, su suplente votará en su lugar.
La Junta Ejecutiva funcionará normalmente en la sede de la organización, pero podrá reunirse en cualquier otro lugar.