º. Secretaría General. La Secretaría General, que dependerá de la Dirección de la Unidad, tendrá a su cargo el ejercicio de las siguientes funciones
Asesorar a la Dirección de la formulación de políticas, normas y procedimientos para la administración de los recursos humanos, físicos y financieros de la Entidad.
Asegurar la continuidad en el cumplimiento de las funciones de la Unidad, mediante la adquisición de los bienes y servicios necesarios para ello, conforme a las instrucciones que imparta la Dirección.
Elaborar los programas para la adquisición de los bienes que requiera la Unidad, así como para su mantenimiento.
Controlar los inventarios de los bienes, equipos, elementos de la Unidad.
Tomar las medidas indispensables para mantener en buen estado y conservación los bienes y equipos de la Unidad.
Administrar los recursos financieros y coordinar la elaboración y ejecución del presupuesto asignado al organismo.
Coordinar las actividades relacionadas con la planeación, organización, desarrollo y control de los asuntos administrativos.
Proponer y ejecutar las políticas, planes y programas y demás decisiones relacionadas con la gestión financiera y presupuestal de la Entidad.
Emitir conceptos sobre los asuntos jurídicos propios de la Unidad; preparar y revisar los actos administrativos que deban proferirse; codificar las disposiciones legales relacionadas con las materias de competencia del organismo y administrar el sistema de información jurídica, que servirá de consulta a las demás autoridades y público en general.
Expedir copias de los documentos que reposen en el archivo de la Unidad, a petición de los interesados.
Tramitar las peticiones relacionadas con el suministro de documentos y demás información de carácter público que repose en la Unidad.
Las demás funciones que le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.