°. Las autorizaciones de que trata el artículo anterior de esta norma no confieren a sus titulares derecho alguno que pueda impedir el uso de las áreas del Sistema de Parques Nacionales Naturales por otras personas, ni implican para el INDERENA ninguna responsabilidad, por lo tanto los visitantes de estas áreas asumen los riesgos que puedan presentarse durante su permanencia en ellas.
Artículo 25
Las Autorizaciones De Que Trata El Artículo Anterior De Esta Norma No Confieren A Sus Titulares Derecho Alguno Que Pueda Impedir El Uso De Las Áreas Del Sistema De Parques Nacionales Naturales Por Otras Personas, Ni Implican Para El Inderena Ninguna Responsabilidad, Por Lo Tanto Los Visitantes De Estas Áreas Asumen Los Riesgos Que Puedan Presentarse Durante Su Permanencia En Ellas
Decreto 622 de 1977 · Por el cual se reglamentan parcialmente el Capítulo V. Título II, Parte XIII, Libro II del Decreto-ley número 2811 de 1974 sobre "sistema de parques nacionales"; la Ley 23 de 1973 y la ley 2ª de 1959
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.