º. Funciones del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud como Consejo de Administración del Fondo de Solidaridad y Garantía. Son funciones del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud como Consejo de Administración del Fondo de Solidaridad y Garantía, las siguientes
Discutir y aprobar los criterios de utilización y distribución de los recursos del Fondo que someta a su consideración el Ministro de Salud.
Estudiar los informes que le sean presentados periódicamente por parte de la entidad fiduciaria que administre el encargo o encargos fiduciarios respectivos.
Estudiar y evaluar los informes que le sean presentados por parte de la Superintendencia Nacional de Salud y la auditoría contratada para el control del manejo de los recursos del Fondo.
Las anteriores funciones serán ejercidas por el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud en sus reuniones ordinarias o cuando fuere necesario en las extraordinarias, de conformidad con el reglamento del Consejo.