º . La solicitud de visa deberá ser presentada ante el Grupo Interno de Trabajo que el Ministro de Relaciones Exteriores determine, directamente por el extranjero, o por el representante legal de la entidad o empresa donde presta o prestará sus servicios, está vinculado o lo patrocina, o por el representante legal del extranjero menor de edad, o por el apoderado debidamente autorizado. En todo caso, el formulario de solicitud de visa deberá estar firmado por el extranjero solicitante, quien deberá encontrarse dentro del territorio nacional. La entrega de la visa respectiva se efectuará en forma personal a su titular, a su representante legal o apoderado debidamente reconocidos.
El valor de la visa que se expida al extranjero regularizado, en todos los casos, será el establecido por el Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores, de acuerdo con la clase o categoría y lo que corresponda por impuesto de timbre.
El Ministerio de Relaciones Exteriores tomará las medidas que considere pertinentes para dar a conocer y difundir, a través de las autoridades locales y a través de los medios de comunicación, el programa de regularización, durante el proceso.