º. La exploración y explotación de las minas de que trata el artículo 4º de la Ley 72 de 1939 y que forman parte del grupo conocido con el nombre genérico de "Minas Nacionales de Supía y marmato y Distritos Vecinos", deberán llevarse a cabo mediante contratos celebrados con el Gobierno en los términos prescritos por este Decreto. I.- OBJETO DE LOS CONTRATOS
Artículo 1
La Exploración Y Explotación De Las Minas De Que Trata El Artículo 4º De La Ley 72 De 1939 Y Que Forman Parte Del Grupo Conocido Con El Nombre Genérico De "minas Nacionales De Supía Y Marmato Y Distritos Vecinos", Deberán Llevarse A Cabo Mediante Contratos Celebrados Con El Gobierno En Los Términos Prescritos Por Este Decreto
Decreto 132 de 1944 · Por el cual se reglamentan los contratos para la exploración y explotación de las minas de Supía y Marmato y Distritos vecinos, distintas de las del Cerro de Marmato y Cien Pesos
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.