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Artículo 52

El Artículo 315 Del Decreto 2666 De 1984, Quedará Así: “disposiciones Aplicables

Decreto 755 de 1990 · por el cual se modifica parcialmente el régimen de aduanas.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El artículo 315 del Decreto 2666 de 1984, quedará así: “Disposiciones aplicables. Salvo lo previsto en el presente Decreto, las disposiciones relativas al silencio administrativo negativo y demás normas de la vía gubernativa establecidas por el Código Contencioso Administrativo serán aplicables a los actos de la Dirección General de Aduanas”.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 755 de 1990