°. A partir del 1° de enero de 2007, el valor de cada hora extra de sesenta (60) minutos, efectivamente dictada, se remunerará como se fija a continuación, dependiendo del correspondiente título o grado en el escalafón y respectivo nivel salarial: Título Grado escalafón Nivel salarial Valor horas extra Normalistas Superiores y Tecnólogos en Educación 1 A 4.704 B 6.337 C 6.984 D 7.806 Licenciados y profesionales no licenciados 2 A 6.305 B 6.532 C 7.883 D 8.028 Maestrías Doctorados Licenciados y profesionales no licenciados con maestrías o con doctorados 3 A 6.509 7.768 B 7.819 8.725 C 8.177 9.671 D 8.680 10.263
Artículo 4
A Partir Del 1° De Enero De 2007, El Valor De Cada Hora Extra De Sesenta (60) Minutos, Efectivamente Dictada, Se Remunerará Como Se Fija A Continuación, Dependiendo Del Correspondiente Título O Grado En El Escalafón Y Respectivo Nivel Salarial: Título Grado Escalafón Nivel Salarial Valor Horas Extra Normalistas Superiores Y Tecnólogos En Educación 1 A 4
Decreto 634 de 2007 · por el cual se modifica la remuneración de los servidores públicos docentes y directivos docentes al servicio del Estado en los niveles de preescolar, básica y media que se rigen por el Decreto-ley 1278 de 2002 y se dictan otras disposiciones de carácter salarial y prestacional para el sector educativo oficial.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.