Será forzoso el retiro absoluto para los oficiales de todas las clases en las siguientes edades:
Los Subtenientes, a los treinta y dos años.
Los Tenientes; a los treinta y cinco.
Los Capitanes, a los cuarenta y cuatro.
Los Mayores, a los cuarenta y ocho.
Los Tenientes Coroneles, a los cincuenta y dos.
Los Coroneles, a los cincuenta y cinco.
Los Generales, a los cincuenta y ocho.