Corresponde a la dependencia que tiene a su cargo lo relacionado con Privilegios e Inmunidades llevar el registro de los funcionarios diplomáticos y consulares acreditados ante el Gobierno, de los funcionarios de los organismos internacionales y misiones de asistencia técnica; expedir los correspondientes documentos de identificación y gestionar con las autoridades nacionales la aplicación de los privilegios, inmunidades y prerrogativas reconocidos por la ley y los reglamentos a los representantes diplomáticos y consulares extranjeros y a los representantes y expertos de organismos internacionales y de asistencia técnica, y mantener al día los registros correspondientes.
Artículo 39
Corresponde A La Dependencia Que Tiene A Su Cargo Lo Relacionado Con Privilegios E Inmunidades Llevar El Registro De Los Funcionarios Diplomáticos Y Consulares Acreditados Ante El Gobierno, De Los Funcionarios De Los Organismos Internacionales Y Misiones De Asistencia Técnica; Expedir Los Correspondientes Documentos De Identificación Y Gestionar Con Las Autoridades Nacionales La Aplicación De Los Privilegios, Inmunidades Y Prerrogativas Reconocidos Por La Ley Y Los Reglamentos A Los Representantes Diplomáticos Y Consulares Extranjeros Y A Los Representantes Y Expertos De Organismos Internacionales Y De Asistencia Técnica, Y Mantener Al Día Los Registros Correspondientes
Decreto 2017 de 1968 · Orgánico del Ministerio de Relaciones Exteriores
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.