Micelio

Artículo 6

Ley 171 de 1961 · Por la cual se reforma la Ley 77 de 1959 y se dictan otras disposiciones sobre pensiones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Elévase a tres mil pesos ($3.000) mensuales el límite máximo fijado en los artículos 260 y 279 del Código Sustantivo del Trabajo para las correspondientes pensiones que se causen con posterioridad a la sanción de la presente ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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