Micelio

Artículo 3

º El Artículo 42 Del Decreto - Ley 2335 De 1971, Quedará Así: Artículo 42

Decreto 2700 de 1988 · Por el cual se modifica el Decreto Ley número 2335 de 1971, reorganico del Ministerio de Defensa Nacional y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 3 º El artículo 42 del Decreto - ley 2335 de 1971, quedará así: Artículo 42 . DE LA OFICINA JURIDICA. Son funciones de la Oficina Jurídica las siguientes

a)

Asesorar en materia jurídica al Ministro de Defensa y al Secretario General del Ministerio y asistirlos en la elaboración, trámite, suscripción, emisión e interpretación de documentos y normas inherentes al Misterio.

b)

Suministrar al Ministerio Público en los juicios en que sea parte la Nación, las informaciones y documentos para la defensa de los intereses del Estado y de los actos del Gobierno e informar al Ministro y a la Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República del curso de dichos juicios.

c)

Revisar y conceptuar sobre los aspectos jurídicos que en materia contractual se ventilen en el Ministerio.

d)

Coordinar con los diferentes organismos públicos y privados los aspectos jurídicos del Ministerio.

e)

Codificar y actualizar las normas legales relacionadas con el Ministerio.

f)

Numerar, notificar y autenticar los actos administrativos proferidos por el Ministerio de Defensa Nacional.

g)

Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la Oficina.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2700 de 1988