Micelio

Artículo 94

Inscripción Y Actualización En La Carrera

Decreto 1792 de 2000 · por el cual se modifica el Estatuto que regula el Régimen de Administración del Personal Civil del Ministerio de Defensa Nacional, se establece la Carrera Administrativa Especial.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 94. INSCRIPCIÓN Y ACTUALIZACIÓN EN LA CARRERA. Una vez agotado el período de prueba con calificación satisfactoria de evaluación del desempeño, el empleado adquiere los derechos de carrera y será inscrito en el Registro. Cuando el empleado de carrera sea incorporado o nombrado en un nuevo empleo, le será actualizada su inscripción en el Registro. La inscripción o actualización consistirá en la anotación en el Registro, del nombre, sexo y documento de identidad del empleado, el empleo en el cual se inscribe o efectúa la actualización y la fecha de ingreso al Registro. Las Dependencias de Recursos Humanos deberán enviar la información correspondiente a la Comisión Administradora de Carrera, para las inscripciones o actualizaciones en el Registro. La notificación de la inscripción o actualización en la carrera se cumplirá con la anotación en el Registro de Carrera.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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