Micelio

Artículo 1

Decreto 69 de 1951 · Por el cual se crean unas plazas de vigilancia. Para reforzar la guardia de la Penitenciaría Central

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. Dependientes de la Penitenciaría Central, créanse las siguientes plazas de personal de guardia y vigilancia: 1 Comandante de destacamentos de trabajo, con una asignación mensual de ciento noventa pesos ($190.00). 1 Inspector con asignación mensual de ciento veinte pesos, ($ 120.00). 18 Guardianes con asignación mensual de noventa pesos cada uno ($90.00) Este personal tendrá derecho a la prima de aumentación, creada por la Ley 79 de 1948. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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