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Artículo 3

Los Comités De Prevención, Protección Y Control De La Abeja Africanizada Estarán Integrados Por Las Siguientes Personas Y Entidades: 1

Decreto 1026 de 1981 · Por el cual se crean los Comites Regionales de Prevención, Protección y Control de la Abeja Africanizada.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 3º Los Comités de Prevención, Protección y Control de la abeja africanizada estarán integrados por las siguientes personas y entidades

1.

El Gobernador, Intendente o Comisario, según el caso, quien presidirá el Comité o su delegado.

2.

El Comandante de la Brigada Militar de la región, o su delegado.

3.

El Comandante del Distrito de Policía regional o su delegado.

4.

El Director Regional de la Defensa Civil.

5.

El Comandante del Cuerpo de Bomberos de la región.

6.

El Gerente o Director Regional de Oficina local del Instituto Colombiano Agropecuario ICA.

7.

El Gerente o Director Regional de la Oficina local del Instituto Nacional de los Recursos Naturales Renovables y 'del Ambiente, INDERENA

8.

Dos representantes de las Asociaciones Regionales de apicultores.

9.

El Director del Servicio Seccional de Salud o el Jefe del Hospital Regional.

10.

Un representante del Comité Departamental de Cafeteros.

11.

Un representante de la Cruz Roja Nacional de la región.

Parágrafo 1

Los Comités de Prevención, Protección y Control de la abeja africanizada, serán coordinados a nivel regional por la Defensa Civil, entidad que se encargara de la elaboración de las actas de las reuniones, de los informes sobre situaciones presentadas y los temarios, citara a las reuniones respectivas y vigilara el cumplimiento de las recomendaciones y determinaciones que apruebe el Comité.

Parágrafo 2

Para el desarrollo de sus funciones la Defensa Civil contara con la colaboración de la respectiva Secretaria de Agricultura, de la Oficina del ICA, si la hubiere, y de las demás entidades administrativas de la región.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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