Funciones del Consejo de Academias y Escuelas . Corresponde al Consejo de Academias y Escuelas
Trazar las políticas y programas de selección, incorporación, capacitación y adiestramiento del personal de inteligencia, protección, investigación, extranjería, así como los relativos a los funcionarios administrativos.
Emitir concepto sobre los proyectos presentados por los Directores de la Academia y de las Escuelas Regionales y determinar las fechas de inscripciones, exámenes pruebas publicación de resultados e iniciación y terminación de cursos de formación o ascenso.
Aprobar los pénsunes, planes de estudio, intensidad horaria y estímulos de la Academia y Escuelas.
Conocer de las reclamaciones que el personal docente, administrativo o estudiantil quiera formular por asuntos relacionados con el funcionamiento de la Academia y Escuelas.
Examinar el estado de conservación y mantenimiento de la Academia y Escuelas, aprobar los programas de obras, adquisiciones y mejoras que deban introducirse y recomendar las medidas que permitan su funcionamiento integral.
Conocer la situación financiera de la Academia y Escuelas, la marcha de sus casinos, alojamientos, instalaciones recreativas y deportivas, laboratorios, aulas, biblioteca, servicios médicos y sanitarios y promover las acciones que garanticen su óptima conducción. CAPITULO X. Cómite de Planeación, Evalución y Coordinación.