Micelio

Artículo 2.2.1.1.10.5.1

Decreto 1076 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Movilización y comercialización de la flora silvestre y de los productos forestales no maderables. Para la movilización de la flora silvestre y de los productos forestales no maderables en primer grado de transformación, se deberá contar con el salvoconducto único nacional en línea para la movilización de especímenes de la diversidad biológica (SUNL) que expide la autoridad ambiental competente, de conformidad con lo establecido en la Resolución 1909 de 2017, Y para su comercialización se atenderá lo dispuesto en la Resolución 1740 de 2016 y demás normas que la modifiquen, sustituyan o deroguen.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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