Micelio

Artículo 4

La Oficina Auxiliar De Caja Del Ferrocarril De Girardot En Bogotá Será Auxiliar Del Cajero General De Los Ferrocarriles De Girardot, Tolima Y Huila-Caquetá

Decreto 568 de 1930 · Por el cual se dictan varias disposiciones en los ferrocarriles de Girardot, Tolima y Huila - Caquetá (explotación)

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° La Oficina Auxiliar de Caja del Ferrocarril de Girardot en Bogotá será auxiliar del Cajero General de los Ferrocarriles de Girardot, Tolima y Huila-Caquetá. El Cajero Auxiliar en Bogotá devengará $ 180 mensuales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 568 de 1930