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Artículo 39

Funciones De La Dirección Financiera

Decreto 1080 de 2021 · Por el cual se modifica la estructura de la Superintendencia Nacional de Salud

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones de la Dirección Financiera . Son funciones de la Dirección Financiera, las siguientes

1.

Dirigir y ejecutar las actividades de presupuesto, contabilidad, tesorería, tributos a favor de la Superintendencia, cobro persuasivo y coactivo, recaudo de los in¬gresos y, tesorería que requiera la operación de la Superintendencia Nacional de Salud.

2.

Diseñar e implementar las políticas que se requieran para la gestión financiera de la Superintendencia, de acuerdo con la normatividad vigente.

3.

Registrar, administrar y controlar el Presupuesto de Ingresos y Gastos asignado a la Superintendencia Nacional de Salud,

4.

Coordinar con la Oficina Asesora de Planeación y la Secretaría General, la ela¬boración del anteproyecto de presupuesto anual de funcionamiento que deba adoptar la Superintendencia de acuerdo con las directrices establecidas por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público; velando por su correcta y oportuna presentación.

5.

Coordinar y controlar la elaboración y trámite de las solicitudes de expedición, adición, modificación y traslados presupuestales, así como el respectivo registro presupuestal.

6.

Elaborar los informes de ejecución presupuestal, financiera y contable requeri¬dos por la entidad, la Contaduría General de la Nación, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y los organismos de control.

7.

Coordinar y realizar el seguimiento de los registros contables, presupuestales y de tesorería de todas las operaciones que se realicen en el Sistema Integrado de Información Financiera (SIIF) del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

8.

Establecer los indicadores financieros y organizacionales para los diferentes procesos contractuales de la entidad que lo requieran, realizar informe de eva¬luación.

9.

Vigilar el cumplimiento de las normas y el manejo de la información presupues¬tal, tributaria y contable en el desarrollo de las actividades propias del proceso financiero, conforme a las normas y principios legales vigentes.

10.

Proyectar el Plan Anual de Caja y realizar el seguimiento de este según los li¬neamientos y directrices establecidas por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público; velando por su correcta y oportuna ejecución.

11.

Realizar control y seguimiento permanente a la ejecución presupuestal de la en¬tidad, en coordinación con la Oficina Asesora de Planeación y adelantar los trá¬mites presupuestales requeridos.

12.

Administrar los estados de cuenta de las personas naturales o jurídicas, con el fin de validar la veracidad de la información allí consignada.

13.

Elaborar los estados financieros de la Superintendencia de acuerdo con lo esta¬blecido por la Contaduría General de la Nación.

14.

Dirigir y ejecutar el proceso de tesorería y atender oportunamente los pagos de las obligaciones a cargo de la Superintendencia Nacional de Salud, y controlar las cuentas bancarias.

15.

Adelantar los trámites frente a las solicitudes de comisiones de servicios que requiera la operación de la Superintendencia.

16.

Ejercer la facultad de cobro persuasivo y la prerrogativa de cobro coactivo don¬de conste una obligación clara, expresa y actualmente exigible, correspondiente en una suma de dinero a favor de la Superintendencia y a cargo de una persona natural o jurídica.

17.

Dirigir, controlar y realizar seguimiento a los procesos para recaudar y cobrar la contribución por vigilancia, sanciones y multas a favor de la Superintendencia Nacional de Salud.

18.

Expedir el acto administrativo que anualmente establezca la tarifa de la con¬tribución por vigilancia a favor de la Superintendencia Nacional de Salud, y la definición de los lugares y plazos para el recaudo oportuno del tributo.

19.

Aplicar la fórmula de liquidación individual, expedir los actos administrativos de liquidación y recaudar la tasa de vigilancia a favor de la Superintendencia Nacional de Salud.

20.

Liderar, en lo de su competencia, y ejecutar en las políticas del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG) que le sean asignadas.

21.

Las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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