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Artículo 5

Modificación Del Artículo 6° Del Decreto 503 De 1997

Decreto 1293 de 2014 · Por el cual se modifica el Decreto 503 de 1997 y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Modificación del artículo 6° del Decreto 503 de 1997. El artículo 6° del Decreto 503 de 1997 quedará así: " Artículo 6°. Requisitos para la expedición de la tarjeta profesional de Guía de Turismo. La solicitud de expedición de la tarjeta profesional de Guía de Turismo deberá presentarse en el formato diseñado para el efecto por el Consejo Profesional de Guías de Turismo, acompañado de los siguientes documentos

1.

Acreditar título de formación de educación superior del nivel tecnológico como Guía de Turismo, certificado por el SENA o por una Entidad de Educación Superior reconocida por el Gobierno Nacional.

2.

El profesional en cualquier área del conocimiento que hubiere aprobado el curso de homologación del SENA deberá acreditar el título de pregrado.

3.

Copia del Acta de Grado. 3. Copia del documento de identidad.

4.

Acreditar el conocimiento de un segundo idioma"

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1293 de 2014