Micelio

Artículo 7

Si El Colono, A La Vigencia De La Ley 54 De 1941, No Hubiere Presentado Solicitud De Adjudicación, Sólo Tendrá Derecho A Que Se Le Reconozcan Como Mejoras Aquellos Cultivos Agrícolas U Ocupación Con Ganados Que, Establecidos Con Carácter De Permanentes, Dan Lugar A La Adjudicación Del Terreno Baldío Cultivado U Ocupado Con Ganado

Decreto 981 de 1942 · Reglamentario la ley 54 de 1941

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Si el colono, a la vigencia de la Ley 54 de 1941, no hubiere presentado solicitud de adjudicación, sólo tendrá derecho a que se le reconozcan como mejoras aquellos cultivos agrícolas u ocupación con ganados que, establecidos con carácter de permanentes, dan lugar a la adjudicación del terreno baldío cultivado u ocupado con ganado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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