º Créase el Consejo Nacional de Saneamiento, integrado en la siguiente forma
Por el Secretario General del Ministerio.
Por el Jefe de la División de Inspección Nacional de Salubridad.
Por el Jefe de la División de Ingeniería Sanitaria.
Por el Jefe de la División de Malariología.
Por el Jefe del Departamento de Ingeniería del Servicio Cooperativo Interamericano de Salud Pública.
Por el Director Departamental de Higiene de Cundinamarca; y
Por el Jefe del Departamento Administrativo. Las funciones del Consejo Nacional de Saneamiento serán fijadas por resolución del Ministerio. Comuníquese y cúmplase.