Micelio

Artículo 2

Definiciones

Ley 2193 de 2022 · Por medio de la cual se crean mecanismos para el fomento y desarrollo de la apicultura en Colombia y se dictan otras disposiciones

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

•Apicultura: el conjunto de técnicas para la cría y manejo de abejas Apis Melífera orientadas al aprovechamiento sostenible de sus bienes y servicios.

•Apicultor: quien se dedica a la apicultura y deriva de esta actividad su sustento económico de manera parcial o total.

•Apiario: sitio o lugar en el cual se ubica un conjunto de colmenas de abejas Apis Melífera.

•Polinización cruzada: transferencia del polen de una planta hacia otra a través de un agente polinizador externo.

•Polinización dirigida: tecnología aplicada a la polinización de uno o más cultivos específicos con el fin de mejorar tanto la calidad como la cantidad de frutos.

•Flora apícola: especies vegetales que proveen néctar, polen y resinas para las abejas.

•Productos de las abejas: aquellos generados a partir de la apicultura.

•Miel: se entiende por miel la sustancia dulce natural producida por abejas obreras a partir del néctar de las plantas o de secreciones de partes vivas de las plantas o de excreciones de insectos succionadores de plantas que quedan sobre partes vivas de plantas, que las abejas recogen, transforman y combinan con sustancias específicas propias y depositan, deshidratan, almacenan y dejan en el panal para que madure y añeje.

Apiterapia: utilización de productos de las abejas en beneficio de la salud humana y la nutrición.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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