Apoyo financiero y fortalecimiento patrimonial a las entidades del sector salud. Corresponde a los procesos operativos destinados al desarrollo de los objetivos señalados en los artículos 41 del Decreto-ley 4107 de 2011, 9° de la Ley 1608 de 2013 y 68 de la Ley 1753 de 2015, reglamentados por el Decreto 1681 del 2015, compilado en el presente decreto.
La ejecución de recursos destinados al apoyo financiero y fortalecimiento patrimonial de las entidades del sector salud, lo efectuará la ADRES de acuerdo con la reglamentación que expida el Ministerio de Salud y Protección Social y los convenios cuando así lo disponga el Ministerio, siempre y cuando, en la respectiva vigencia, se encuentre garantizada la financiación del aseguramiento en salud.
TEXTO CORRESPONDIENTE A