Micelio

Artículo 6

Ley 34 de 1898 · Por la cual se crea la Intendencia de La Goajira

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 6.° Regirán en dicha Intendencia todas las Leyes vigentes en la Nación, en cuanto no se opongan al Decreto número 392 de 1897 y sean compatibles con todos los que el Gobierno dicte en uso de la atribución que le confiere el artículo 2.° de la presente Ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 34 de 1898