Micelio

Artículo 4

Ley 6 de 1965 · Por la cual se dictan unas disposiciones sobre dos (2) Instituciones de reconocido interés social en Barranquilla, en concordancia con la Ley 71 de 1946, y se dictan otras disposicones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Gobierno tendrá la fiscalización y vigilancia en lo relacionado con la inversión de los auxilios que aquí se decretan, sin perjuicio de que la Contraloría General de la República ejerza las que le correspondan.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 6 de 1965