Son causales de recompensa: 1ª. Muerte recibida en campo de batalla ú otra acción de guerra, o al desempeñar otra acción del servicio o a manos de enemigos armados del Gobierno legítimo , y la muerte posterior causada por heridas recibidas en cualquiera de estos casos; 2ª. Invalidez absoluta resultante de heridas recibidas en los mismos casos, y 3ª. Acción distinguida de valor.
Son causales de pensión: 1ª. Tiempo de servicio en la guerra de Independencia, y 2ª. Tiempo de servicio posterior a esta guerra.