Micelio

Artículo 1

º

Decreto 3053 de 1982 · por el cual se modifica y adiciona el Decreto número 2537 de 1981 sobre expedición de pasaportes.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Los literales a),b) y c) del artículo 1 del Decreto número 2537 de 1981, quedarán así

a)

El Presidente de la República, los expresidentes de la República, el Designado a la Presidencia, sus cónyuges e hijos;

b)

Los exdesignados a la Presidencia, los exministros de legatarios, los ex - ministros de Relaciones Exteriores, sus cónyuges o Viudas.

c)

Los ministros de Estado, jefes de Departamento Admi nistrati vo, el presidente del Senado de la República, el presidente d e la Cámara de Representantes, el Presidente de la Corte Suprema de Justicia, el presidente del Consejo de Estado, el P rocurador General de Ia Nación, el Contralor General de la República, el Registrador Nacional del Estado Civil; el presidente del Tribunal Disciplinario los m iembros de la Comisión Asesora de Relaciones Exteriores, así como los cónyuges de los funcionarios antes citados;

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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