Micelio

Artículo 7

º

Decreto 1949 de 1948 · por el cual se dictan algunas medidas sobre exportaciones, importaciones y control de cambios.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. El Gobierno podrá, cuando lo juzgue necesario, fijar precios remunerativos para productos agrícolas y materias primas de producción nacional utilizables por la industria colombiana, a fin de fomentar la producción hasta llenar las necesidades del consumo nacional. Para lograr ese fomento, el Gobierno podrá fijar cuotas de absorción obligatoria de las materias primas de producción nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1949 de 1948