Micelio

Artículo 2

Decreto 407 De 1875

Decreto 481 de 1874 · Sobre contabilidad en el servicio del ramo telegráfico

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 2.° Semanalmente se remitirá por las oficinas telegráficas a la Direccion jeneral de Correos, una copia de los asientos hechos en los Rejistros 2.º, 3.° i 5.° en cada semana, i en los primeros cinco dias del mes, remitirá también a la Direccion, las copias de lo correspondiente a la última semana del mes anterior, i una de la cuenta de totalizacion correspondiente a todo él, conforme al modelo número 4,° visadas por la autoridad, i la copia de la dilijencia de visita.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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