°. El carácter de miembro de la Junta Directiva del Instituto Nacional de Aprovechamiento de Aguas y Fomento Eléctrico o del Instituto Nacional de Fomento Municipal, y su remuneración no son incompatibles con el desempeño de otros cargos, salvo los casos expresamente contemplados en el Decreto número 837 de 1952, o en los estatutos de las respectivas instituciones.
Decreto 65 de 1953 →Vigente
Artículo 9
El Carácter De Miembro De La Junta Directiva Del Instituto Nacional De Aprovechamiento De Aguas Y Fomento Eléctrico O Del Instituto Nacional De Fomento Municipal, Y Su Remuneración No Son Incompatibles Con El Desempeño De Otros Cargos, Salvo Los Casos Expresamente Contemplados En El Decreto Número 837 De 1952, O En Los Estatutos De Las Respectivas Instituciones
Decreto 65 de 1953 · Por el cual se introducen algunas reformas en la organización del Instituto Nacional de Aprovechamiento de Aguas y Fomento Eléctrico
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.