Micelio

Artículo 5

Funciones De Las Oficinas Regionales De Pesca Marítima De La Costa Atlántica Y Pacífica

Decreto 4904 de 2007 · por el cual se modifica la estructura del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Funciones de las Oficinas Regionales de Pesca Marítima de la Costa Atlántica y Pacífica. Son funciones de las Oficinas Regionales de Pesca Marítima de la Costa Atlántica y Pacífica las siguientes

1.

Verificar en campo el cumplimiento de la normatividad expedida por el ICA en materia de Pesca y Acuicultura.

2.

Recibir solicitudes y entregar a los ciudadanos permisos, patentes, concesiones y autorizaciones para ejercer la actividad pesquera.

3.

Cobrar el valor de las tasas y derechos en ejercicio de su misión.

4.

Mantener actualizado el registro de pesca y acuicultura nacional.

5.

Adelantar investigaciones y procesos administrativos conducentes a la imposición de multas y sanciones administrativas, y realizar la notificación correspondiente.

6.

Hacer seguimiento permanente al cumplimiento de los compromisos adquiridos en los diferentes acuerdos internacionales, y de ser necesario proponer medidas para alcanzar las metas.

7.

Recibir y atender consultas de los ciudadanos en relación con el ejercicio de su misión.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 4904 de 2007