Micelio

Artículo 1

º Exceptúanse Del Límite Señalado En El Artículo 1º Del Decreto 2733 De 1984, Las Operaciones Activas De Crédito Que Realicen Los Bancos O Corporaciones Financieras Para La Utilización Del Cupo Extraordinario De Crédito De Dichas Instituciones Financieras En El Banco De La República

Decreto 1596 de 1985 · Por el cual se dicta una disposición en materia de límites individuales de crédito

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Exceptúanse del límite señalado en el artículo 1º del Decreto 2733 de 1984, las operaciones activas de crédito que realicen los bancos o corporaciones financieras para la utilización del cupo extraordinario de crédito de dichas instituciones financieras en el Banco de la República.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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