Micelio

Artículo 2.4.5.3.1.12

Medidas De Reparación Integral Que Contribuyen En La Reconciliación, Convivencia Y No Estigmatización

Decreto 1066 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Medidas de reparación integral que contribuyen en la reconciliación, convivencia y no estigmatización. En el marco de la Política Pública de Reconciliación, Convivencia y No Estigmatización, las medidas de reparación que adelante la Unidad para las Víctimas, permitirá la configuración de la paz, fortaleciendo los mecanismos existentes y promoviendo el compromiso de todos, creando consigo un escenario de reconciliación, convivencia y no estigmatización.

Parágrafo 1

Las acciones adoptadas en esta política a favor de los pueblos y comunidades étnicas se realizarán conforme a lo establecido en los Decretos ley 4633, 4634 y 4635 de 2011.

Parágrafo 2

En el marco de las Mesas de Participación Efectiva de las Víctimas, en los niveles nacionales, departamentales, y municipales y en los escenarios de diálogo social, la Unidad para las Víctimas articulará y propenderá por la realización de espacios dirigidos a construir estrategias de reconciliación, convivencia y no estigmatización que persigan restaurar las relaciones interpersonales y comunitarias entre la sociedad y quienes se vieron involucrados en el conflicto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1066 de 2015