Micelio

Artículo 1

º

Decreto 2665 de 1984 · Por el cual se dictan medidas de orden público, se fija el procedimientopara la destrucción de sustancias empleadas en el procesamiento de drogas y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Los muebles, equipos y demás cosas donde se almacene, conserve, fabrique o elabore, venda o suministre a cualquier título las sustancias a que se refiere el artículo primero, literal b) del Decreto 1041 de 1984, al igual que los vehículos y los demás medios de transporte utilizados para la comisión de estas contravenciones, serán decomisados y puestos a disposición del Consejo Nacional de Estupefacientes, quien podrá destinarlos por resolución al servicio de una entidad oficial o rematarlos.

Parágrafo

Excepcionalmente podrá ordenarse la devolución de los vehículos y demás medios de transporte a terceras personas que acrediten mediante plena prueba que a pesar de la suma diligencia y cuidado por ellos puestas, no pudieron conocer el destino ilícito dado a sus bienes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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