Micelio

Artículo 7

º

Decreto 1591 de 1994 · por el cual se aprueba el Acuerdo número 08 de 1994 de la Junta Directiva del Incora, que dispuso adecuar Estatutos Internos del Instituto Colombiano de la Reforma Agraria a los principios y preceptos del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, contenido en la Ley 80 de 1993

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . El artículo 53 de los Estatutos Internos del Incora quedará así: Artículo 53. Control interno. De conformidad con los artículos 209 y 269 de la Constitución Política, el Decreto Legislativo 2137 de 1992 y la Ley 87 de 1993, la Oficina de Control Interno del Instituto es la dependencia de nivel directivo encargada de medir y evaluar la eficiencia, eficacia y economía de los demás controles, asesorar a la dirección en la continuidad del proceso administrativo, revaluar los planes establecidos e introducir los correctivos necesarios para el cumplimiento de las metas u objetivos previstos. Para los fines señalados en la Ley 87 de 1993, la Oficina de Control Interno diseñará procedimientos de auditoría y mecanismos propios de verificación y evaluación que garanticen la legalidad, oportunidad, confiabilidad y razonabilidad de los controles de gestión, administrativos, presupuestales, contables de sistemas y de costos ambientales que se establezcan, con arreglo a las disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias, promoviendo la realización de los objetivos del sistema de control interno y la eficacia y eficiencia institucional bajo principios de moralidad, igualdad, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad. Conforme al artículo 65 de la Ley 80 de 1993, el control previo administrativo de los contratos estatales que celebre el Instituto corresponde a la Oficina de Control Interno.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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