Micelio

Artículo 1

º El Código De Régimen Municipal Comprende Los Siguientes Títulos: El Municipio Como Entidad Territorial; Condiciones Para Su Creación, Deslinde Y Amojonamiento; Planeación Municipal; Concejos; Acuerdos; Alcaldes; Personeros; Tesoreros; Entidades Descentralizadas; Bienes Y Rentas Municipales; Presupuesto; Contratos; Personal; Control Fiscal; Divisiones Administrativas De Los Municipios; Asociaciones De Municipios; Áreas Metropolitanas; Participación Comunitaria Y Disposiciones Varias

Decreto 1333 de 1986 · por el cual se expide el Código de Régimen Municipal

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El Código de Régimen Municipal comprende los siguientes Títulos: El Municipio como entidad territorial; Condiciones para su creación, deslinde y amojonamiento; Planeación municipal; Concejos; Acuerdos; Alcaldes; Personeros; Tesoreros; Entidades descentralizadas; Bienes y rentas municipales; Presupuesto; Contratos; Personal; Control fiscal; Divisiones administrativas de los Municipios; Asociaciones de Municipios; Áreas Metropolitanas; Participación comunitaria y disposiciones varias. En él se incorporan las normas constitucionales relativas a la organización y el funcionamiento de la administración municipal y se codifican las disposiciones legales vigentes sobre las mismas materias.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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