Micelio

Artículo 43

La Inspección General De La Policía Nacional, Tendrá Para Su Funcionamiento La Siguiente Organización: A

Decreto 2137 de 1983 · Por el cual se reorganiza la Policía Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Inspección General de la Policía Nacional, tendrá para su funcionamiento la siguiente organización: A. Despacho del Inspector General

1.

Ayudantía

2.

Asesoría Jurídica

3.

Revisoría Contable y de Sistemas. B. Justicia Penal 1. Auditoría Principal 2. Auditoria Auxiliar 3: Juzgado de Instrucción Penal

4.

Fiscalía Penal Permanente. C. Inspecciones Delegadas

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2137 de 1983