Micelio

Artículo 10

El Instituto Colombiano Para El Fomento De La Educación Superior, Icfes, Tendrá Un Director General, Quien Es Agente Del Presidente De La República, De Su Libre Nombramiento Y Remoción Y Ejercerá La Representación Legal De La Entidad

Decreto 1211 de 1993 · por el cual se reestructura el Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior, Icfes, y se expide su Estatuto Básico.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior, Icfes, tendrá un Director General, quien es agente del Presidente de la República, de su libre nombramiento y remoción y ejercerá la representación legal de la entidad. Para ser Director del Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior, Icfes, se requiere acreditar los requisitos exigidos en el artículo 42 de la Ley 30 de 1992.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1211 de 1993