° Los propietarios de minas adjudicadas con anterioridad al Decreto 48 de 1905 que exploren o exploten esmeraldas sin el permiso de que trata el Artículo 3° de este Decreto, serán sancionados con multas sucesivas hasta de dos mil pesos ($ 2.000.00), que impondrá el Ministerio de Minas y Petróleos.
Decreto 585 de 1955 →Vigente
Artículo 15
Los Propietarios De Minas Adjudicadas Con Anterioridad Al Decreto 48 De 1905 Que Exploren O Exploten Esmeraldas Sin El Permiso De Que Trata El Artículo 3° De Este Decreto, Serán Sancionados Con Multas Sucesivas Hasta De Dos Mil Pesos ($ 2
Decreto 585 de 1955 · Por el cual se dictan unas disposiciones sobre esmeraladas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.